Las entidades bancarias y cajas de ahorro, previa autorización del ORGT, pueden prestar un servicio de colaboración en la gestión recaudadora.
En estas entidades colaboradoras se podrá realizar el pago de los tributos de los municipios que han delegado la recaudación
en la Diputación de Barcelona.
Únicamente hace falta personarse en cualquiera de las oficinas
de las entidades especificadas más abajo con el aviso de pago correspondiente
o con un duplicado
del recibo.
Para hacer efectivo el pago no es necesario ser cliente. En este
caso, además de presentar el aviso de pago, habrá que realizar
un ingreso en metálico. Cuando se es cliente, también puede hacerse
el pago con cargo a cuenta y, si se quiere, domiciliar el tributo
o tributos
para el año siguiente.
La entidad colaboradora sellará el aviso de pago o duplicado del recibo
como comprobante del ingreso efectuado. El pago realizado en las entidades
colaboradoras tiene la misma validez que si se hubiera efectuado en
una oficina del ORGT.
Las entitades colaboradoras en la recaudación son:
Atención al contribuyente
93 2029801 - 902 123 623
Lunes - jueves de 8:15 a 17:45
Viernes de 8:15 a 14:45